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Puno, 25 de mayo 2026 – El abogado Rolando Jiménez informó que la Sala Civil de Puno declaró fundada una demanda de acción popular presentada contra la Universidad Nacional del Altiplano (UNA) de Puno, dejando sin efecto el reglamento aprobado para el proceso excepcional de nombramiento docente comprendido en la Ley 32171.

Según explicó el letrado, la resolución judicial fue notificada la noche del último viernes mediante la Resolución N.º 7 y constituye —según sostuvo— un precedente importante debido a que declara la nulidad del reglamento aprobado por la universidad para aplicar el proceso de nombramiento excepcional.

Jiménez Sardón precisó que la sentencia tiene efectos retroactivos hasta el momento en que fue aprobado dicho reglamento, lo que obligaría a la universidad a aplicar estrictamente lo establecido en la Ley 32171 sin introducir modificaciones ni requisitos adicionales.

“El proceso retrotrae sus efectos hasta la aprobación de los lineamientos. Eso significa que el reglamento queda nulo”, manifestó.

El abogado explicó que la universidad todavía puede presentar un recurso de apelación; sin embargo, indicó que el proceso continuará posteriormente en consulta ante la Corte Suprema, instancia donde culminaría el trámite judicial.

Así mismo, adelantó que solicitarán una medida cautelar para que los efectos de la sentencia puedan ejecutarse de manera inmediata mientras se resuelve el proceso definitivo.

Respecto a los docentes ya nombrados, Jiménez señaló que aquellos que sí cumplían con los requisitos establecidos en la ley —como haber ingresado mediante concurso público, contar con cinco años de docencia y tener contrato vigente al semestre 2023-II— no se verían afectados debido al principio de conservación del acto administrativo.

No obstante, sostuvo que sí existirían consecuencias para quienes habrían sido beneficiados sin cumplir los requisitos exigidos por la norma.

“Quienes no tenían contrato vigente al semestre 2023-II no podían ser nombrados. Ellos sí no tendrían derecho”, afirmó.

El abogado también cuestionó la interpretación realizada por la universidad respecto a la autonomía universitaria, señalando que este principio no permite a las casas superiores de estudio contravenir las leyes nacionales.

“La autonomía universitaria se ejerce dentro del marco de la Constitución y las leyes. No faculta a pasar por encima de la norma”, indicó.

Durante sus declaraciones, Rolando Jiménez reveló además que la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) ya habría iniciado un procedimiento administrativo sancionador contra las autoridades responsables de aprobar el reglamento cuestionado.

Según señaló, el procedimiento alcanzaría al rector, miembros del Consejo Universitario y la comisión encargada de aprobar los lineamientos, quienes tendrían un plazo de diez días para presentar sus descargos.

Finalmente, el abogado advirtió que la sentencia también podría tener implicancias en las próximas elecciones universitarias, debido a que algunos docentes nombrados mediante el proceso cuestionado podrían quedar impedidos de participar como electores.

“Si la sentencia retrotrae todo el procedimiento, entonces esas resoluciones de nombramiento quedarían sin efecto”, puntualizó.